Solicitud de un número de identificación del impuesto sobre la venta (USt.-IdNr.) en la Oficina Central Federal de Impuestos(www.bzst.bund.de).
Los pequeños productores de vino son empresas productoras con una producción media inferior a 1.000 hectolitros de vino por campaña (del 01.08. al 31.07. del año siguiente).
Sólo tienen que notificar a la aduana principal competente si pretenden transportar vino en régimen de suspensión de derechos a otros Estados miembros o a través de ellos(www.zoll.de: Formulario 2469 "Notificación - inicio del transporte de vino en régimen de suspensión de derechos a otros Estados miembros o a través de ellos para pequeños productores de vino"). La notificación debe presentarse al menos una semana antes del primer movimiento. Indicará la producción media calculada sobre la base de las tres campañas vitícolas anteriores a la de la notificación.
Tras la recepción de la notificación correspondiente por parte de la aduana principal competente, se considera concedida la autorización como depositario fiscal y se asignan números de impuestos especiales al depositario fiscal y a cada depósito fiscal.
Para estos "pequeños productores de vino", el documento de acompañamiento de la ley del vino debe contener la referencia "vino en libre circulación según la ley fiscal - pequeño productor de vino".
A efectos del IVA, esto se garantiza mediante el uso del llamado número de identificación del IVA . El número de identificación del IVA no es idéntico al número de identificación fiscal emitido por la agencia tributaria responsable. El número de registro del IVA puede solicitarse en línea o de manera informal en la Oficina Central Federal de Impuestos. En el caso de los intercambios intracomunitarios de bienes entre empresas, siempre es necesario indicar en la factura un número de registro de IVA válido para el proveedor y el comprador para poder realizar una entrega exenta de IVA. Por lo tanto, es aconsejable comprobar el número de identificación del IVA en la Oficina Central Federal de Impuestos
Todos los empresarios deben presentar una declaración recapitulativa (ZM) a la Agencia Tributaria cuando suministran mercancías a otros países de la UE. La ZM debe presentarse trimestralmente y todas las entregas intracomunitarias deben figurar en ella. Cada comprador de otro país de la UE debe figurar con su número de identificación del IVA.
Si el viticultor/comerciante de vino que paga impuestos regularmente vende vino a un cliente privado extranjero en la UE, depende de si el cliente recoge el vino él mismo en Alemania o si se le entrega el vino. Cuando el vino se entrega a particulares en otros países de la UE, el remitente debe cobrar el impuesto sobre la venta del país de destino. El remitente debe registrarse para el IVA en el país de la UE correspondiente, obtener un número de identificación fiscal allí y pagar el impuesto extranjero en el país de destino. El deudor fiscal es la empresa de venta por correo. En la práctica, esto significa que a partir de la primera botella de vino vendida, la responsabilidad fiscal por los impuestos especiales y el IVA existe en el otro Estado de la UE. No hay desgravaciones fiscales. A efectos de los impuestos especiales, el expedidor debe registrarse como "expedidor" ante la autoridad aduanera responsable del destinatario antes de la entrega de las mercancías, donde normalmente debe depositar una garantía por el importe de los impuestos especiales adeudados. La entrega de productos sujetos a impuestos especiales también debe comunicarse a la oficina principal de aduanas responsable de la empresa antes del primer envío. Otra opción es encargar a un agente fiscal, a cambio de una cuota, que se encargue de los trámites fiscales. Este gasto suele merecer la pena a partir de un determinado alcance de la entrega y si se prevé una relación comercial a largo plazo. Las agencias de transporte también se encargan de la manipulación en el país de destino. En el caso de la recogida por parte de particulares extranjeros que se lleven el vino a casa a través de la frontera, el vendedor cobrará el 19% de IVA. Hasta una cantidad indicativa de 90 litros por persona, el comprador puede llevar vino a través de la frontera alemana a la mayoría de los territorios extranjeros de la UE sin tener que pagar impuestos especiales. Sin embargo, esto sólo se aplica si las mercancías son transportadas por él personalmente. No es posible la devolución del IVA para los particulares.
En el caso de las entregas de vino a un particular en otro país de la UE, el viticultor/comerciante de vino a tanto alzado debe facturar también el IVA del país de destino. En este caso, necesita un número de identificación fiscal en el país de entrega y pasa a ser sujeto pasivo en él. En el caso de la recogida por parte de particulares extranjeros que se lleven el vino a casa al otro lado de la frontera, el viticultor/comerciante de vinos mostrará el IVA alemán del 19%. Este reglamento también se aplica si el cliente particular hace recoger el vino por un transportista en su nombre. Un ejemplo puede ilustrar la ventaja de este enfoque. En Dinamarca se aplica un tipo de IVA del 25% al vino. Además, en Dinamarca se aplica un impuesto sobre el alcohol del 25% al vino, por lo que el viticultor/comerciante de vinos también estaría obligado a pagar el impuesto en caso de entrega. Si el cliente privado danés encarga a un transportista la recogida del vino de un viticultor/comerciante alemán, se aplica el IVA alemán del 19%. No se debe pagar el impuesto sobre el alcohol. De este modo, el comprador puede ahorrar impuestos organizando el transporte de forma independiente. No existe la posibilidad de devolución del impuesto sobre el valor añadido para los consumidores finales / particulares ni en el caso de la recogida ni en el de la entrega por parte del viticultor / comerciante de vinos. Esto se aplica por igual a la entrega por parte de un viticultor/comerciante de vino sujeto a la normativa y a la tarifa plana. En lo que respecta a la ley del impuesto sobre el consumo, el viticultor/comerciante de vinos que aplica un impuesto sobre el volumen de negocios a tanto alzado debe observar los mismos requisitos que el viticultor/comerciante de vinos que está sujeto a la imposición regular.
En el comercio entre empresas, se aplica siempre el principio del país de destino, lo que significa que el vino se grava con los tipos impositivos del país de destino.
Para los viticultores/comerciantes de vino sujetos a la fiscalidad ordinaria, el envío de vino a un empresario de otro país europeo constituye una entrega intracomunitaria. Estas entregas están sujetas al tipo de IVA del país de destino. Para ello, el viticultor/comerciante de vinos alemán emite una factura sin IVA, que contiene tanto su número de identificación del IVA (NIF) como el de su cliente en el otro país de la UE. A continuación, el cliente debe realizar la denominada imposición de compra en el otro Estado de la UE. El comprador puede reclamar el correspondiente IVA soportado directamente como impuesto soportado en su declaración de IVA. En este caso, el destinatario del vino es el responsable del impuesto.
Para estar seguro, el viticultor/comerciante de vinos exportador debe tener el número de identificación del IVA, el nombre y la dirección del cliente extranjero confirmados por la Oficina Federal Central de Impuestos (www.bzst.bund.de). Se recomienda si el cliente es nuevo y quiere que se le suministre el vino sin IVA. Si el viticultor/comerciante de vinos no cumple con este deber de diligencia, puede ser considerado responsable del impuesto resultante de la exención fiscal basada en información falsa.
En principio, todo comerciante que desee exportar vino dentro de la UE debe solicitar un número de impuesto especial a la aduana principal que le corresponda. Antes del envío, el proveedor debe asegurarse de que el destinatario está autorizado a recibir vino mediante un número de impuesto especial válido. Esto puede hacerse en línea a través de la base de datos SEED (Sistema de Intercambio de Datos sobre Impuestos Especiales) de la Comisión de la UE o por correo electrónico(elo-de@zoll.bund.de). Por lo que respecta a los impuestos especiales -y a los documentos que deben llevarse-, hay que distinguir entre los siguientes casos cuando el vino se suministra a un comerciante dentro de la UE:
Las personas que deseen expedir vino en régimen suspensivo desde el lugar de importación en el territorio fiscal a otros Estados miembros necesitan un permiso como "expedidor registrado". Debe solicitarse previamente en la aduana principal competente mediante el formulario oficial (formulario 2736 "Solicitud - expedidor registrado (excluidos los productos energéticos)"; anexo a la solicitud: formulario 2737 "Lista de mercancías - expedidor registrado (excluidos los productos energéticos)"). La autorización se concede por escrito, sin perjuicio de su revocación, a las personas que lleven una contabilidad comercial adecuada, preparen los estados financieros anuales a tiempo y sean fiscalmente fiables.
Junto con el permiso se emite un número de impuesto especial para el expedidor registrado. El expedidor registrado debe llevar un libro de registro.
Deben registrarse las salidas de vino movidas en régimen de suspensión de impuestos especiales.
Cuando el vino circula "en régimen suspensivo" , el impuesto especial del Estado miembro en cuestión permanece suspendido.
El control de la circulación en régimen suspensivo dentro de la UE se realiza electrónicamente mediante el procedimiento EMCS (Excise Movement and Control System).
Durante el transporte de vino en libre circulación a un país de la UE que aplique un impuesto sobre el vino, debe llevarse el llamado documento de acompañamiento simplificado (VBD, formulario 2725). Este documento consta de tres ejemplares, el primero de los cuales permanece en los locales del proveedor y sólo los ejemplares dos y tres acompañan a la mercancía. El ejemplar nº 3 sirve como prueba en el procedimiento de descarga y, por tanto, debe ser confirmado por el destinatario. El destinatario que tenga la intención de poseer o utilizar el vino por primera vez debe notificarlo a su oficina de aduanas competente antes del inicio de la circulación y constituir una garantía para el impuesto especial correspondiente en el país de destino.
En Alemania no se aplica ningún impuesto especial al vino (tipo impositivo = 0). Si el vino se entrega directamente desde Alemania a un Estado miembro de la UE en el que el impuesto especial sobre el vino también es cero (por ejemplo, Luxemburgo o Austria), el vino se encuentra en "libre circulación a efectos fiscales" en el momento de la entrega. También debe emitirse un documento de acompañamiento simplificado por triplicado. En el apartado "5. Lista de países" se puede consultar qué Estados miembros de la UE aplican un impuesto especial sobre el vino. El destinatario debe informar de manera informal a la oficina de aduanas que le corresponda de la compra del vino antes del inicio del transporte.
Para los viticultores/comerciantes de vino que pagan el impuesto a tanto alzado sobre sus ventas de acuerdo con el artículo 24 de la UStG, no se aplican determinadas normas de exención del IVA. Entre ellas se encuentra la exención fiscal para las entregas intracomunitarias. La entrega de vino a empresarios de otros países de la UE obliga al viticultor/comerciante de vino alemán a pagar una tarifa plana según el artículo 24 Abs. 1 Satz. 2 UStG. para mostrar el impuesto sobre la venta a tanto alzado alemán del 10,7%. Sin embargo, el destinatario tiene que realizar la imposición de la compra en el país de destino con el tipo de IVA aplicable allí. Esto da lugar a una doble imposición. Sin embargo, el empresario extranjero puede solicitar la devolución del IVA alemán pagado en Alemania.
Conclusión: la libre circulación de mercancías dentro de la UE sólo es una realidad hasta cierto punto. En la práctica, la venta de vino en los Estados miembros de la UE es un proceso que exige un gran conocimiento especializado por parte de los viticultores/comerciantes. Especialmente para los viticultores/comerciantes de vino que venden vino a tanto alzado, son importantes las disposiciones de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, que prohíben las entregas exentas de IVA a los países de la UE. La exportación de vino como producto sujeto a impuestos especiales también conlleva regularmente una obligación fiscal en el país del destinatario. Cuando se suministra vino a particulares en otros países de la UE, el viticultor/comerciante de vino alemán pasa a estar obligado a pagar impuestos en el país del destinatario.
Cuando se exporta vino a terceros países, deben respetarse las normas de transporte de productos sujetos a impuestos especiales para el transporte dentro de las fronteras de la UE. Además, hay que respetar la normativa aduanera para la exportación desde la UE . Para los envíos superiores a 1.000 euros, se requiere una declaración de aduanas. A efectos de identificación, se necesita un número EORI (Número de Registro e Identificación de Operadores Económicos), que debe solicitarse formalmente.
Se aplican las normas aduaneras y de importación del país correspondiente - véase también: https: //madb.europa.eu.
Atención
En la actualidad no existe ninguna base jurídica en la legislación sobre impuestos especiales para la exportación de productos sujetos a impuestos especiales en libre práctica a través de una aduana de exportación o de salida en otro Estado miembro (por ejemplo, de Alemania a Bielorrusia a través de Polonia). No obstante, si se pretende exportar a través de otro Estado miembro, no se requiere ningún documento de impuestos especiales en el territorio fiscal. Cualquier trámite relacionado con la normativa nacional debe aclararse con las autoridades del otro Estado miembro por el que se van a transportar las mercancías(www.zoll.de).
País | Impuesto especial sobre el vino | Observaciones |
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UE | ||
Bélgica | x |
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Bulgaria |
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Dinamarca | x |
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Estonia | x |
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Finlandia | x |
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Francia | x |
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Grecia | x |
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Irlanda | x |
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Italia |
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Croacia |
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Letonia | x |
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Lituania | x |
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Luxemburgo |
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Malta | x |
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Países Bajos | x |
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Austria |
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Polonia | x |
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Portugal |
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Rumanía |
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Eslovaquia |
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Eslovenia |
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España |
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Suecia | x |
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República Checa |
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Hungría |
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Reino Unido | x |
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Chipre |
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AELC | ||
Islandia |
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Liechtenstein |
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Noruega |
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Suiza |
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En el ámbito del impuesto sobre el valor añadido, las aduanas y el derecho del comercio exterior, hay un gran número de normas que están sujetas a constantes modificaciones por parte de la UE y sus Estados miembros.
Por lo tanto, es aconsejable ponerse en contacto con la Cámara de Industria y Comercio responsable, la oficina de aduanas o un asesor aduanero competente antes del primer transporte.
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