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¿La garantía cubre los defectos del corcho?
Nota previa: esta respuesta no constituye un asesoramiento jurídico, ni sustituye a dicho asesoramiento. No obstante, la pregunta puede responderse con claridad:
La mancha de corcho -es decir, el olor a humedad y moho y/o el sabor apagado y amargo de un vino debido a un corcho defectuoso- representa un defecto que entra dentro de la obligación de garantía. El responsable de este llamado olor a corcho es la sustancia química tricloroanisol(TCA), formada por microorganismos como el moho. Si el corcho está contaminado con TCA, el vino sellado con él se volverá imbebible con el tiempo.
Dado que el defecto del corcho, como se ha mencionado, representa un defecto material (regulado en Alemania en el artículo 434 del Código Civil), el vendedor (es decir, el vinatero o el minorista) está en garantía. La exclusión de una garantía en caso de defectos del corcho en las Condiciones Generales (AGB) es legalmente ineficaz y puede ser advertida. En cambio, el cliente tiene derecho al cumplimiento posterior (entrega de un vino sin defectos) o puede rescindir el contrato, reducir el precio de compra o exigir una indemnización por sus daños o gastos (regulado en Alemania en el artículo 437 del Código Civil).
Esta normativa se aplica de manera uniforme tanto al comercio estacionario como al comercio en línea y a la venta por correo: al igual que en una compra en una tienda, un comerciante de vino en línea debe ofrecer una garantía de dos años para los artículos nuevos; en el caso de los artículos usados (que, sin embargo, sólo se aplica en teoría al vino) la garantía puede reducirse a un año.